Koronabirusak sortutako kalteberatasun ekonomikoan dauden pertsonak parke publiko babestuen alokairua ordaintzetik salbuestea.

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Descripción

Exonerar de forma temporal del pago del alquiler y gastos de comunidad a todas las personas inquilinas en los parques públicos de alquiler protegido, que estén atravesando una situación de vulnerabilidad económica generada por el coronavirus. La medida afectará a los alquileres de abril, mayo y junio.

 

Requisitos

Ser persona inquilina en los parques públicos de alquiler protegido de Euskadi que se quede en el paro como consecuencia del COVID-19 o ser trabajador autónomo o empresario, se sufra una pérdida igual o superior al 40%. La renta de alquiler más los gastos de comunidad y suministros básicos, tendrán que ser superiores al 30% de los ingresos netos de la unidad familiar.

 

Plazo

31/05/2020

Cómo presentar solicitud

A partir del 31 de marzo podrá ser solicitada por la persona inquilina mediante la presentación de una solicitud a tal efecto a Alokabide acompañándola con los documentos que acrediten su situación de vulnerabilidad (desempleo, cese de actividad, etc.). Las vías podrán ser www.euskadi.eus/servicios/11022401, y la sociedad pública Alokabide SA a través de su página web www.alokabide.euskadi.eus.

 

Organismo

Gobierno Vasco: Alokabide.

 

Normativa

 

Orden del consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.

Información adicional

La medida afectará a los alquileres de los meses de abril mayo y junio.

Las personas que estén dentro del Programa ASAP también serán beneficiarias, siempre que cumplan con los requisitos.

Más información

 


 

 

 

 


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